Probablemente hayas escuchado por ahí el tema de los Derechos de Autor donde te dicen que es importante que les prestes atención y que tengas en cuenta el Derecho de Autor qué protege, sobre todo si eres artista, creador de contenido o estás empezando algún proyecto de videojuegos. Acá te vamos a contar en pocas palabras y muy fácilmente los conceptos esenciales sobre todo lo que debes saber sobre Derechos de Autor. Así que no necesitas ser un abogado para seguir leyendo este post.
ANTES QUE NADA, LO BÁSICO
Los Derechos de Autor hacen parte de la Propiedad Intelectual, que es donde se reúnen todas las creaciones del ser humano. Es decir, cualquier cosa que te imagines que ha sido creada por un ser humano usando su creatividad está contenida en la Propiedad Intelectual. Por ejemplo, marcas, diseños, obras (plásticas, audiovisuales, fotografía, arquitectura, etc.), inventos, e incluso acá encontramos las interpretaciones de cantantes, los performance, el teatro; creo que ya entendiste la idea.
Pero dentro de la Propiedad Intelectual hay dos divisiones, por un lado encontramos los Derechos de Autor y por el otro lado la Propiedad Industrial.
El Derecho de Autor protege las creaciones que tienen un componente más artístico, por ejemplo canciones, películas, libros; por otro lado, la Propiedad Industrial protege creaciones enfocadas más al uso en la industria por ejemplo una marca, un diseño, o un invento.
Ya sabemos en donde estamos parados, ahora exploremos un poco más a profundidad.

¿QUÉ PROTEGE EL DERECHO DE AUTOR?
En pocas palabras, el Derecho de Autor (y en general la Propiedad Intelectual) protege las expresiones de las ideas. Es importante que notes que es necesario que la idea esté expresada, es decir, se te ocurrió hacer una película del fin del mundo, pero nunca la hiciste, ni desarrollaste un guion, ni nada, y alguien se te adelantó, llevas las de perder. El Derecho de Autor no te protege la idea.
Encontramos que las obras, composiciones, escritos, películas, canciones, fotografías, obras de teatro, etc., están dentro del Derecho de Autor. Sin embargo, tanto las obras arquitectónicas como el software (apps, sitios web, videojuegos, etc) también hacen parte de esta categoría.

Entonces si eres un artista plástico, audiovisual, cantante, compositor, arquitecto, un desarrollador de software o videojuegos, entre otros. Es posible que lo que hayas creado sea susceptible de ser protegido por el Derecho de Autor.
PERO… ¿A QUÉ DERECHOS TENGO DERECHO?
Hay dos tipos de derechos de los cuales eres titular cuando creas una obra de las mencionadas en el anterior título. Primero, Derechos Morales, y segundo, Derechos Patrimoniales.
DERECHOS MORALES
Estos no los puedes negociar (vender, regalar, ceder, etc.), ni nadie te los puede quitar, además duran para siempre. Se enfocan básicamente en que respeten tu autoría como creador de la obra, y al mismo tiempo respeten tu obra. Son cinco derechos en total y confieren las siguientes potestades:
- Paternidad: Que te reconozcan como autor de la obra. Romeo y Julieta siempre será de Shakespeare, no importa el tiempo que haya pasado ni el lugar del mundo.
- Integridad: Para que no deformen o mutilen tu obra de tal forma que dañen tu reputación o decoro.
- Ineditud: Como autor puedes dar a conocer tu obra o no. No es obligatoria que tu obra sea pública para que sea protegida.
- Modificación: Tu puedes hacerle los cambios a la obra antes o después de creada.
- Retracto: Si quieres retirar tu obra de circulación lo puedes hacer. Este derecho y el anterior (modificación) pueden crear ciertas multas o pagos si por ejemplo tu libro se lo vendiste a una editorial para que ellos lo publicaran y comercializaran.
DERECHOS PATRIMONIALES
Estos Derechos en donde recaen las posibilidades de generar algún beneficio económico explotando la obra. Se puede negociar con personas naturales y jurídicas, además siempre es necesario que para cederlos de alguna forma se cuente autorización previa y expresa (un contrato). A diferencia de los derechos morales son cuatro:
- Reproducción: se refiere a la autorización para fijar u obtener copias de las obras. Esto es cuando se le permite a la disquera grabar la canción en algún formato (mp3, vinilo, etc.)
- Comunicación pública: permitirle al público que acceda a la obra en algún momento.
- Distribución: Ya sea del original o de copias.
Transformación: Este derecho hace referencia a la capacidad de hacer adaptaciones o arreglos a la obra. Por ejemplo el libro que se convierte en el guion de una película.
Siempre es importante contar con la asesoría de un abogado ya que las negociaciones de los Derechos Patrimoniales pueden generar impactos económicos y de prestigio tanto negativa como positivamente a los autores de una obra. A veces el pensar solo en las regalías que se pueden obtener al vender la obra puede nublar un poco otros aspectos que serán de vital importancia para una negociación conveniente para el autor
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR
Para finalizar este blog con las nociones básicas del Derecho de Autor es necesario saber cómo se protegen dichos derechos. Como tal no es necesario realizar ningún trámite, la protección nace en el momento en que la obra es creada. Potestativamente se puede registrar la obra en la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Es importante tener en cuenta que para temas probatorios y cuando se presenta algún conflicto, haber registrado la obra nos ayuda a tener pruebas en el momento que queramos o necesitemos acudir ante un juez.

Por otro lado, cualquier tipo de contrato que realicemos y que tenga relación con la obra y su explotación, es necesario que quede registrado en el Registro Nacional de Derechos de Autor. La ley en Colombia exige que así debe ser.
Como consejo general para creativos, creadores de obras y autores, les recomendamos que se centren en lo que mejor saben hacer y es en explotar su creatividad e intelecto en sus obras. Para temas de cesiones, controversias, registros y en general para cualquier tipo de negociación y protección que puedan tener sus obras, lo mejor es contar con un abogado. Descubre los planes legales que tenemos para la protección de Derechos de Autor haciendo click acá.